¿CÓMO ACCEDO A LA FRANQUICIA TRIBUTARIA?

PASO 1:

¿A qué tipo de actividad de capacitación y/o proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales (EyCCL) puedo acceder como empresa?

• Contratado: Es aquella capacitación y/o EyCCL en que participa un trabajador/a que mantiene un vínculo de subordinación y dependencia con la empresa usuaria de FRANQUICIA TRIBUTARIA.

• Pre Contrato: Es aquella capacitación y/o EyCCL en que participa una persona que no mantiene un vínculo de subordinación y dependencia con la empresa usuaria de FRANQUICIA TRIBUTARIA. Se realiza por medio de un contrato de capacitación y/o de EyCCL que no puede extenderse por más de 2 meses. Más información AQUÍ

• Post Contrato: Es aquella capacitación y/o EyCCL en la que participa un ex trabajador/a de la empresa usuaria de FRANQUICIA TRIBUTARIA. La actividad debe realizarse a más tardar cinco meses después de la fecha del término del vínculo laboral del trabajador/a con la empresa. Más información AQUÍ

SI QUIERES REALIZAR UNA ACTIVIDAD DE CAPACITACIÓN ENTRA A TRÁMITES PARA:


PASO 2

FRANQUICIA TRIBUTARIA promueve el Comité Bipartito de Capacitación (CBC)

El Comité Bipartito de Capacitación (CBC) es una organización que debe ser constituida por todas las empresas que tengan una dotación de 15 o más trabajadores/as permanentes o transitorios, debiendo estar conformado en partes iguales por representantes del empleador/a y de los/as trabajadores/as. El CBC tiene la misión de acordar y evaluar, el o los programas de capacitación y/o de EyCCL de la empresa.

En el caso que la empresa cuente con la aprobación del CBC de las actividades de capacitación y/o de EyCCL que informe al SENCE y ejecute a través de FRANQUICIA TRIBUTARIA, podrá obtener un 20% adicional en el Valor Hora y/o Valor UCL (Unidad de Competencia Laboral).

Para mayores detalles revisa Información para constituir el Comité Bipartito de Capacitación.


PASO 3

Definir Organismo Ejecutor

La empresa podrá evaluar la modalidad de capacitación que mejor se adapte a sus requerimientos, siendo las reconocidas por el SENCE, actividades presenciales o a distancia e-learning. Para esto podrá seleccionar al Organismo Técnico de Capacitación (OTEC) o relator/a que se adapte de manera más adecuada a sus necesidades y a las de los/as trabajadores/as.

En el caso de los procesos de EyCCL, la empresa podrá seleccionar al Centro de Evaluación que tenga las competencias para realizar dicha actividad.


PASO 4

¿Cómo puede gestionar la empresa las oportunidades de FRANQUICIA TRIBUTARIA?

• En forma Directa: La empresa administra los recursos disponibles para utilizar en capacitación y/o en EyCCL. Es la que realiza los procesos con el SENCE, contrata en forma directa los servicios con un OTEC y/o Centros Evaluadores.

• En forma Intermediada: La empresa entrega los recursos (aportes) disponibles para utilizar en capacitación y/o en procesos de EyCCL a un Organismo Técnico Intermedio para Capacitación (OTIC), el que administra los recursos y realiza todos los procesos con el SENCE. En capacitación el OTIC puede cobrar hasta un máximo del 15 % de los aportes de la empresa por concepto de gastos de administración.

Para la EyCCL, el gasto de administración no podrá exceder el 5% del costo de dicho proceso.

CONOZCA EL REGISTRO DE OTIC


PASO 5

¿Qué se debe hacer luego de finalizada la actividad de capacitación y/o proceso de EyCCL?

Se debe presentar la documentación correspondiente que acredita la actividad realizada en las direcciones regionales del Sence y/o en el OTIC:

a) Actividad de capacitación

• Cursos presenciales: Factura pagada y certificado de asistencia emitido desde el Libro de Clases Electrónico (LCE). En caso de existir viáticos y traslado se deben presentar los respaldos de los gastos que los justifiquen.

• Cursos e-learning: Factura pagada, declaración jurada del OTEC, declaración jurada de los/as participantes.

• Cursos mixtos: Factura pagada, certificado de asistencia emitido desde el LCE y/o declaración jurada del OTEC, más declaración jurada de los/as participantes.

• Cursos internos: Boleta de honorarios o boleta de terceros pagada, certificado de asistencia emitido desde el LCE, copia de todos los gastos asociados a la solicitud del código.

b) Procesos de EyCCL: Factura pagada e informe final con resultado de evaluación.

c) Nivelación de estudios: Factura pagada, certificado de evaluación emitido por la entidad que, para estos efectos, designe el Ministerio de Educación, y el acta de examen elaborado por la entidad ejecutora de nivelación de estudios.

d) Módulos de formación técnica conducentes a Carreras Técnicas Profesionales: Factura pagada y certificado de asistencia.

El plazo para la presentación de los documentos es de 60 días corridos desde la fecha de término del curso y/o de la EyCCL.